sábado, 15 de junio de 2013

En PDVSA no se define tema de tercerizados. Reportaje de Félix José Saturno

Por conflictove

La industria petrolera tiene alrededor de 12 mil en actividad fija y hasta 18 mil en situación itinerante

La nueva ley del trabajo establece que la tercerización está prohibida por lo cual esta figura tiene sus días contados, según el presidente Nicolás Maduro el cual extendió el cumplimiento de esta medida en un lapso menor a dos años. Sin embargo la ley entra por casa, pues la empresa que posee más tercerizados es Pdvsa con 30 mil, los cuales esperan ser incluidos en la actual nómina que ronda los 105.000 mil trabajadores.

Por esta razón los representantes sindicales de la Federación Unitaria de Trabajadores de Petróleos de Venezuela (Futpv) se preguntan ¿si una empresa, cuya deuda se encuentra alrededor de 40 mil millones de dólares, tendrá la capacidad de incluir en dos años a estos trabajadores o se seguirá alargando la fecha de inclusión? Según Bodas directivo de Futpv los trabajadores tercerizados que permanentemente se les promete la inclusión en la nómina permanente son los que elaboran en el movimiento de sólido que se encuentra en el pozo. También están los que elaboran en los 11 muelles estatizados del Zulia y los que pertenecen a la gerencia de revestimiento de tuberías, quienes se encargan de realizar trabajos de submarinismo en el Lago de Maracaibo y tienen de 15 a 20 prestando este servicio.
 

OTRA VERSIÓN

Para el abogado laboral Juan Carlos Pró-Rísquez en Venezuela muchas empresas, por razones económicas, suelen decir que tienen servicios tercerizados pero en realidad “jurídicamente tienen servicios subcontratados como actividades de asesorías administrativas, gestión de marketing, contabilidad, servicios legales, entre otros” Pró-Rísquez afirma que desde el punto de vista empresarial estos sectores se pueden tercerizar por la forma como está redactada la ley en Venezuela. “Muchas actividades neurálgicas son subcontratadas como los servicios de perforación de Pdvsa los cuales se pueden hacer porque la ley permite la actividad de los contratistas que son aquellos que mediante contratos realizan obras o servicios con sus propios elementos, trabajadores y recursos, bajo su dependencia”. Cabe destacar que la ley estipula que los contratistas no son intermediarios o tercerizados.

Pró-Rízquez recomienda a los empresarios que cuando subcontraten quede claro que no se trata de una relación laboral exclusiva para sus empresas, es decir que no se trata de empleos fijos.
ConflictoVe Fuente: TalCual, 27 de mayo de 2013, pág 9

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